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¿Cómo quedan las retenciones para el 2015?

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Con efectos desde el 1 de enero de 2015, se modifican tanto a nivel estatal como en los territorios forales, los tipos de retención de aplicación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.

Así, el porcentaje de retención se fija en el 20 por ciento (19 por ciento a partir del 1-1-2016) para los siguientes rendimientos:

– rendimientos de capital mobiliario;
– arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles urbanos;
– ganancias patrimoniales derivadas de las transmisiones o reembolsos de acciones y participaciones de instituciones de inversión colectiva;
– premios, rendimientos procedentes de la propiedad intelectual, industrial, de la prestación de asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, del subarrendamiento sobre los bienes anteriores y los procedentes de la cesión del derecho a la explotación del derecho de imagen.

Por otro lado con relación a los rendimientos de actividades profesionales:

Se fija un 19 por ciento con carácter general (18 por ciento a partir del 1-1-2016);

15 por ciento, si el volumen de rendimientos íntegros del ejercicio inmediato anterior es inferior a 15.000 euros y representa más del 75 por ciento de la suma de los rendimientos íntegros de actividades económicas y del trabajo obtenidos por el contribuyente en dicho ejercicio; y

9 por ciento, en los siguientes casos:

– contribuyentes que inician el ejercicio de actividades profesionales: el porcentaje reducido se aplica en el período impositivo de inicio de actividades y en los dos siguientes, siempre y cuando no hayan ejercido actividad profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las actividades;

– recaudadores municipales

– mediadores de seguros que utilicen los servicios de auxiliares externos

– delegados comerciales de la Sociedad Estatal Loterías y Apuestas del Estado.

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